Qué conviene asegurar al descubrir el problema
Localiza contrato, anexos, depósito, aval, póliza y comunicaciones. Conserva los documentos originales y registra la fecha del hallazgo. Cuando la prueba está en correo, sistemas de gestión o repositorios, interesa revisar borrados automáticos y copias de seguridad con las personas autorizadas.
La conservación debe ser lícita y proporcional. Un conflicto no autoriza a acceder a cuentas ajenas ni a recoger datos sin relación con el asunto. Si se discute autenticidad o manipulación, puede ser necesaria intervención forense.
Asegurar prueba no es lo mismo que inmovilizar bienes
La exhibición documental, las diligencias preliminares y las medidas de anticipación o aseguramiento de prueba tienen presupuestos y finalidades propios. No deben presentarse como un derecho general a inspeccionar toda la documentación de la contraparte.
Las medidas cautelares buscan que la resolución futura sea efectiva. Exigen, entre otros requisitos, apariencia de buen derecho, peligro por la demora, adecuación y proporcionalidad; también debe atenderse el régimen de caución. La medida se vincula a una pretensión concreta.
Qué riesgo justificaría estudiar una medida
| Riesgo | Actuación que puede requerir análisis |
|---|---|
| Liberación próxima de fondos | Revisar de inmediato los avisos al depositario y las condiciones para reservar cantidades. Una medida judicial no sustituye sin más la comunicación prevista en el depósito. |
| Desaparición o alteración de registros | Conservar copias verificables y valorar el mecanismo procesal de protección adecuado. Debe identificarse la prueba y por qué podría perderse. |
| Disposición de activos y riesgo de impago | Analizar solvencia y hechos que muestran peligro para el cobro. El embargo preventivo requiere sus presupuestos, no basta la cuantía elevada de la reclamación. |
| Captación o divulgación continuada | Comprobar el pacto o derecho afectado, la conducta y la necesidad de cesación provisional, sin impedir actividades ajenas al conflicto. |
Una sospecha y una amenaza documentada no pesan igual
Se teme no cobrar la indemnización
El comprador descubre un pasivo y teme que el vendedor disponga de sus bienes. Además de esa preocupación, conoce una venta concreta de activos y comunicaciones sobre su liquidación.
Qué habría que acreditar. El derecho que se reclama, la relevancia de esos actos para el cobro y por qué la demora podría frustrarlo.
Qué puede alegar la otra parte. Que mantiene solvencia suficiente, que los actos son ordinarios o que la medida solicitada resulta excesiva.
El dato que cambia la respuesta. Las cautelares necesitan hechos sobre el peligro, no únicamente la preocupación que genera cualquier reclamación.
El foro y la insolvencia pueden cambiar la actuación
Hay que comprobar jurisdicción, arbitraje y posible concurso antes de solicitar una medida. Las actuaciones sobre bienes del concursado están sometidas a reglas específicas y no deben intentarse ignorando ese marco.
La normativa de negociación previa contempla excepciones para determinadas actuaciones, incluidas solicitudes cautelares previas a la demanda. Ello no elimina los requisitos de la medida ni los plazos para presentar después la pretensión principal cuando corresponda.
Preguntas sobre esta cuestión
¿Debo esperar a tener toda la pericial para preservar documentos?
No. La conservación de prueba y los avisos pueden requerir actuación anterior a la cuantificación final. Debe evitarse, eso sí, formular una reclamación sin identificar mínimamente el hecho y su fundamento.
¿Puedo bloquear el dinero del vendedor porque creo que me debe?
Una inmovilización judicial requiere una petición fundada y sus presupuestos. La creencia de que existe deuda no autoriza a disponer o intervenir unilateralmente bienes ajenos.
¿Enviar una consulta al despacho protege un plazo que vence?
No. La consulta no equivale a notificar a la contraparte ni a presentar una actuación procesal. El control de los plazos necesita aceptación del encargo y revisión efectiva de la documentación.
Normas y resoluciones citadas
- Ley de Enjuiciamiento Civil: prueba, medidas cautelares y caución ↗
- Ley Orgánica 1/2025: negociación previa y excepciones ↗
- Texto refundido de la Ley Concursal: competencia y efectos del concurso ↗
La aplicación exige comprobar el texto del contrato y el régimen correspondiente a la operación.